La Dirección General de Migraciones, Refugio y Antirracismo ha puesto en marcha el Servicio de traducción dirigido a las personas desplazadas forzosamente procedentes de Ucrania (STU), un servicio creado para atender la demanda de traducciones sobrevenida al territorio catalán de personas desplazadas procedentes de la guerra en Ucrania, con la misión de apoyar y proporcionar herramientas y recursos de traducción a profesionales de servicios públicos de referencia. El servicio entró en funcionamiento el 1 de septiembre y está gestionado por la Fundación Acción, Bienestar y Desarrollo FABD.
El STU contempla:
- Servicio de Traducción telemática: telefónica o videollamada
- Servicio de Traducción documental
- Servicio de Traducción presencial puntual en actividades individuales y familiares en situaciones particularmente complejas y/o de vulnerabilidad social
Equipo profesional
El Servicio de Traducción de Ucrania (STU) estará integrado por:
- 1 persona coordinadora
- 4 personas diplomadas intérpretes a cargo de la realización de las traducciones y de las evaluaciones.
- 1 psicóloga
¿Cómo funciona?
El STU cuenta con un circuito de funcionamiento que busca proporcionar una traducción de calidad, ágil y adaptada a los tiempos y necesidades de los servicios y las personas provenientes de Ucrania atendidas por las diferentes administraciones de Cataluña (entes locales y departamentos de la Generalitat). Además, prevé la monitorización y evaluación de todas las actividades y del propio proceso.
Inicialmente, se elaborará un listado inicial de usuarios validados que podrán hacer uso del STU. Así, el STU atenderá principalmente los siguientes perfiles:
- Personas derivadas por parte de los técnicos de acogida y/o de políticas migratorias de los Ayuntamientos de cada territorio.
- Personas derivadas de otros servicios de la Generalitat (DGAIA, Departamento de
Salud, etc.).
Una vez validados, los servicios deberán rellenar el formulario de alta de servicio autorizado para darse de alta o utilizar el servicio por primera vez. Para solicitar una atención, el/la técnico/a del servicio autorizado cumplimentará un formulario de demanda de intervención donde establecerá la modalidad de servicio que requiere, si es una demanda ordinaria o de urgencia, la duración estimada del servicio, el documento a traducir si es el caso, etc. Una vez recibida la demanda, la persona coordinadora agendará la intervención según su urgencia atendiendo a criterios de vulnerabilidad y fijará la cita.
La respuesta de la STU a la demanda tramitada con carácter ordinario se realizará en las 24 horas (días hábiles y dentro del horario del servicio) siguientes a la recepción de la demanda.
Urgencias
Se establece también un circuito de urgencias para los siguientes casos:
Urgencia por situación administrativa: Situación de cariz administrativo donde la persona
atendida requiere gestionar un trámite de relevancia que no puede esperar el circuito ordinario
de 3 días.
Urgencia de gravedad social: Situación excepcional, extraordinaria y puntual de cariz
social que requiere atención rápida para evitar una agravación del estado de vulnerabilidad y de desprotección de la persona o una situación sobrevenida de emergencia natural, climática, sanitaria, terrorista, etc.
Urgencia de salud mental o peligro para la integridad física: Situación que requiere atención inmediata porque la salud física o mental de la persona se encuentra comprometida o las funciones psíquicas o emocionales se encuentran alteradas, de forma que resulta incapacitante para desarrollarse con normalidad y necesita asistencia profesional inmediata.
En este caso, la respuesta por parte de la STU se realizará en las 3 horas siguientes a la recepción de la demanda, siempre y cuando este llegue dentro del horario establecido del servicio.
Duración y horarios
El servicio estará activo desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2022
El horario de atención será de 9h a 14h lunes a viernes.
Contacto: [email protected]
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